Visados No-Inmigrante
29Ene.23 A pesar de lo que creen muchas personas, el formulario ESTA no es un visado. Es comprensible que lleve a la confusión porque al fin y al cabo es un permiso de viaje y el visado lo es también, pero hay diferencias flagrantes y una de ellas es que tener un visado te asegura la entrada en el país y el ESTA no. Otra sería que el visado te obliga a pasar por la embajada y el ESTA no, ya que todo el proceso se hace online.
En cuanto a los tipos de visados, hay una lista bastante extensa divididos fundamentalmente en visados de inmigrante y visados de no-inmigrante. Dentro de los visados de no-inmigrante existen varias sub-categorías:
- Trabajadores temporales y sus familias
- Estudiantes y visitantes de intercambio y sus dependientes
- Diplomáticos y otros representantes
- Visitantes temporales por placer
- Visitantes temporales por trabajo
- Otros
Dentro de la categoría de visitantes temporales por placer, es importante saber que, en caso de la eventualidad de obtener un ESTA denegado, es en este apartado donde se encuentra el visado que debemos solicitar en la embajada, visado tipo B2, si aun queremos realizar nuestro viaje.
A pesar de ser un gran inconveniente, el hecho de que no se haya aprobado nuestra solicitud ESTA, no significa que no podamos viajar a los EEUU, únicamente se reduce a no estar aprobada la autorización de viaje online, pero obviamente esta eventualidad trastoca seriamente nuestros planes de viaje, ya que la cita en la embajada para obtener un visado de categoría B2 está tardando alrededor de los 365 días, o sea 1 año.
Los visados de no-inmigrante se solicitan a través de la web de la embajada de cada país. Se rellena un formulario (DS-160) con nuestros datos, se paga la tasa que oscila alrededor de los 150€, y a continuación el sistema enlaza con el despliegue de fechas para seleccionar día/hora que esté libre para nuestra entrevista en la embajada. Este es el enlace directo a web de citas, una vez se abre hay que desplazarse hacia abajo y los pasos a seguir aparecen debajo del aviso vigente.
Y por fin si la entrevista va bien, nos concederán un visado que nos garantiza la entrada al país, por un tiempo determinado, que figurará en la pegatina que pondrán en nuestro pasaporte especificando el último día hasta el que podemos permanecer en el país.
Mucho cuidado con no quedarnos ni 1 un día más que el indicado, si no queremos poner en peligro la confianza otorgada al concedernos el visado, y a su vez la posibilidad de volver a visitar los EEUU. ¿Se puede solicitar una extensión de estancia durante nuestra visita? Si se puede, y abordaremos este tema en futuros artículos, pero debe tramitarse siempre antes de cumplirse la fecha máxima de estancia indicada en el visado.