La tasa de ESTA sube
21Sep.25 Efectivamente, con fecha 30 de Septiembre la tasa americana para solicitar un ESTA va a subir. Todas las solicitudes que a fecha 30 de Septiembre 2025 no estén finalizadas, serán procesadas con la nueva tasa de 40$.
Se trata de una subida bastante considerable, casi el doble de su importe anterior de 21$. Pero… ¿qué es lo que ha motivado esta subida tan sustancial? vamos a analizarlo…
La subida proviene de la legislación HR-1, promulgada el 4 de julio de 2025. Esa ley incluía disposiciones que requieren nuevos cargos para ciertos servicios migratorios/aduaneros y aumentos de tarifas existentes. Las nuevas cantidades no van todas al mismo propósito. Se especifica que una parte debe ir al General Fund del Tesoro de EE.UU. (el fondo general del Tesoro), para gastos federales generales. Otra parte servirá para cubrir los costes operativos de CBP (Customs and Border Protection) y otros organismos responsables; y otra parte seguirá destinándose a la promoción del turismo a través de Brand USA.
De modo que el desglose de cantidades queda como sigue:
- Promoción de viajes (Brand USA): permanece en $17 (igual que antes).
- Operativo / procesamiento: se incrementa (antes era $4; ahora al menos $10).
- Nuevo cargo al Tesoro: $13.
Y el total de las tres cosas suma: 40$. La ley HR-1 exige que estas tarifas se ajusten anualmente según los índices de inflación (por ejemplo, el Consumer Price Index for All Urban Consumers). El argumento es que los costes de operación para las agencias encargadas de procesar autorizaciones de viaje como el ESTA han aumentado, y que esta tarifa ayuda a sufragar esos costes sin depender completamente de fondos generales. Esto incluye gastos administrativos, vigilancia, cumplimiento normativo y tecnología.
En definitiva, la subida afecta a nuestros bolsillos, y no es de extrañar que muchos viajeros que están planeando un viaje a los EEUU en los próximos meses se estén dando prisa para obtener su ESTA antes del 30 de Septiembre.
Y así lo recomendamos nosotros también!! Llámanos y te gestionaremos tu ESTA correctamente en cuestión de minutos.
Consecuencias de quedarse mas de 90 días
31Ago.25 Planear un viaje a los Estados Unidos no es cosa sencilla, pero sí hay que pensarlo bien ya que implica unos buenos gastos, asociados a todo el viaje, que no son baratos. A pesar de todo curiosamente el formulario ESTA no es lo más caro en absoluto, pero sí es lo más importante de todo el viaje. Ya puedes tener todo arreglado y pagadísimo, pero si no obtienes tu aprobación, no vas a ni siquiera entrar en el avión que te lleve.
Por lo tanto la planificación es absolutamente imprescindible, y aquí entra en juego la decisión de la fecha de nuestro regreso. La mayoría de la gente sólo tiene un par de semanas de vacaciones para disfrutar, o un viaje relámpago de negocios. Pero otra tanta tiene tiempo de sobra para ir de un sitio a otro sin importarle tanto el tiempo. O por motivos familiares quieren agotar el tiempo de estancia.
Bueno pues OJO! con esto, el tiempo máximo de estancia habiendo entrado en el país bajo las condiciones del Visa Waiver Program (ESTA) son muy específicas al respecto: la estancia no puede ser más de 90 días. No 91, no 92, ni 3 meses, son 90 días exactos, teniendo muy en cuenta que NO todos los meses tienen los mismo días. Si piensas agotar tu visita debes considerar salir unos días antes de cumplir los 90 días, y un buen motivo puede ser la posible cancelación de tu vuelo, que no pasa en pocas veces…
Y qué pasa si al final por x o por b tienes que quedarte más en el país, incluso no por culpa tuya.. una cancelación de un vuelo, has caído enfermo y no puedes viajar.. o simplemente has contado mal los días.. ¿Qué pasa en estos casos?
Quedarse en los EEUU más de los días autorizados es una infracción grave y puede acarrear serias consecuencias, como sanciones legales y posibles complicaciones para futuros planes de viaje. A continuación analizaremos las áreas de impacto más serias:
- Violación de las leyes de inmigración
- Prohibición de futuras entradas.
- Impacto en futuras solicitudes de Visado.
- No poder renovar futuros ESTA.
- Descalificación del Programa de Viajero de Confianza.
Esta situación también puede acarrear penalizaciones tales como:
1. Multa por exceso de estancia: exceder el plazo de estancia con un ESTA puede dar lugar a una multa impuesta por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP). El importe de la multa puede variar en función de la duración de la estancia y las circunstancias que la rodean.
2. Aumento de las tasas de solicitud de visado: si te quedas más tiempo del permitido con un ESTA y posteriormente decides solicitar un visado para Estados Unidos, es posible que tengasque pagar tasas de solicitud de visado más elevadas como consecuencia de la estancia prolongada.
3. Gastos legales: si se te considera «fuera de estatus» debido a una estancia prolongada más allá del plazo permitido por el ESTA, es posible que tengas que asumir los gastos de representación legales en caso de deportación u otros procedimientos legales.
4. Impacto en el presupuesto del viaje: una estancia prolongada inesperada con el ESTA puede alterar el presupuesto del viaje, ya que es posible que tengas que prolongar tu estancia o reservar vuelos de última hora para cumplir con las leyes de inmigración.
5. Pérdida de la inversión en el viaje: Si se te exige abandonar los Estados Unidos debido a una estancia prolongada, es posible que pierdas el dinero gastado en los preparativos del viaje y el alojamiento no reembolsables.
Como conclusión, y a la vista de lo expuesto, quedarse ilegal en los Estados Unidos está muy mal considerado y lo toman MUY en serio, especialmente para futuros viajes de regreso. De modo que hay que considerar salir de país tan importante o más que entrar, por las consecuencias tan negativas que puede acarrear en el futuro.
ESTA y los cruceros
12Ago.25 Las vacaciones muchas veces incluyen cruceros, y muchos de ellos salen desde las costas de Florida. Pero qué hacemos con el ESTA, qué es lo que tendremos que poner en el caso de que desembarquemos por ejemplo en Miami, y a continuación tenemos que coger un crucero por el Caribe. ¿Es en Conexión? ¿tengo que poner un hotel?? pero a lo mejor no me alojo en ningún hotel, según llego embarco en el crucero… la verdad es que es un poco lioso.
El formulario ESTA tiene estas cosas. No es de extrañar que ante tantas dudas al final el ESTA se quede sin hacer, o se haga en el último momento ya con todas las dudas y el tiempo encima. Y el hecho es que hay rellenar TODOS los campos del formulario ESTA para hacerlo bien, y así tarde en aprobarse el mínimo tiempo posible.
Si tenemos un crucero a continuación nunca hay que poner EN CONEXIÓN (en la opción a marcar si viajas en conexión a otro país) ¿El motivo? al tener nuestro destino final en nuestro billete de avión una ciudad americana, se entiende que allí termina nuestro viaje y vamos a pisar suelo americano. Aunque no es cierto porque vamos a subir a un crucero, pero vas a salir del aeropuerto, vas a coger un taxi o un shuttle que te lleve al puerto, por lo tanto estás circulando por suelo americano. Y esta es la lógica que aplican.
Entonces qué hay que poner en nuestro punto de contacto en EEUU? muy fácil: la empresa de cruceros. Nombre, dirección y teléfono de la empresa de cruceros y ya tenemos el problema solucionado. En realidad estos campos del ESTA son textos libres, por lo tanto hay que poner la información que más se ajuste a la realidad y listo.
Cualquier otra duda similar a esta, estaremos encantados de solucionarla en nuestro teléfono de contacto +34 91 747 4949.
ESTA válido para viajar un máximo de 90 días en un período de 180 días.
28Jul.25 ¿Qué significa exactamente ESTA válido para viajar un máximo de 90 días en un período de 180 días? la verdad es que esta máxima, advertida en la web americana del ESTA, es un poco complicada de entender. Vamos a ver si nos aclaramos.
En principio cuando tenemos en nuestras manos un ESTA aprobado, tiene una validez de dos años, hasta ahí bien. Es muy posible que dentro de estos dos años tengamos que realizar varios viajes a EEUU tanto sea por trabajo como por placer. Si nuestro pasaporte no caduca dentro de estos dos años, todo correcto. En el caso de que caduque y obtengamos un nuevo pasaporte, nuestro ESTA aprobado queda obsoleto y tendremos que conseguir un nuevo ESTA que corresponda al nuevo pasaporte, por lo tanto empieza de nuevo la cuenta atrás de los dos años.
El hecho es que si podemos usar el ESTA un máximo de 90 días en un período de 180, esto es medio año. Por lo tanto se deduce que lo deseable es que se utilice no mas de 2 veces al año, o al menos esto es lo que las autoridades americanas recomiendan. Y esto tiene un porqué:
En ocasiones algunos viajeros frecuentes utilizan su ESTA para pasar largas temporadas en los EEUU pero sin tener que solicitar un visado. La operativa es pasar el máximo tiempo posible en suelo americano, salir un par de días a otro país y volver a entrar por otro período de 90 días, y así de continuo.
El ESTA utilizado de esta manera no es válido, y si los agentes del CBP en la frontera lo intuyen o sospechan es muy posible que revoquen la posibilidad de volver a obtener un ESTA aprobado, y en el peor de los casos impedir la entrada en ese mismo momento.
Si la intención del viajero es quedarse larga estancia en el país, debe de solicitar un visado como no-inmigrante y pasar por una entrevista en la embajada. De esta manera puedes obtener una estancia entre 1 y 10 años según el criterio del entrevistador.
La autorización ESTA está pensada para unas vacaciones o una corta estancia por trabajo, reuniones etc… Y siempre que se de un buen uso no habrá ningún problema. Pero ojo! no más de 90 días.
Caos en los controles de pasaportes
8Jul.25 En estos días estamos viendo en los medios de comunicación los problemas de los pasajeros cuando van a pasar los controles de policía del aeropuerto de Madrid, tanto de entrada como de salida. En la época estival es normal que debido a las vacaciones el aumento de viajeros sea considerable, y a veces esa previsión de personal para atender en los controles no se hace adecuadamente.
Obviamente estos retrasos en la identificación de cada persona que llega, provoca esperas prolongadas con las consiguientes pérdidas de conexiones a siguientes vuelos y/o otros planes de viaje. Los aeropuertos internacionales de la magnitud de Adolfo Suarez de Madrid, llegan a recibir tanto salida como de llegada millones de pasajeros. Estos son los datos de 2024:
Tráfico de pasajeros Madrid 2024:
66 196 984 pasajeros en total en 2024, lo que supone un crecimiento del +9,9 % con respecto a 2023 . De ellos:
48,7 millones fueron pasajeros internacionales (+11,2 %), 17,4 millones nacionales (+6,3 %). Madrid Barajas Fue el aeropuerto más activo de España, líder en pasajeros, operaciones y carga. A nivel europeo, Madrid-Barajas se situó como el 5.º aeropuerto más transitado en 2024, justo tras Londres‑Heathrow, Estambul, París‑CDG y Ámsterdam
El obvio aumento en tráfico de pasajeros en los aeropuertos, obliga de alguna manera a la automatización de los procesos. Los aeropuertos líderes en automatización de los procesos aeroportuarios son:
Changi (Singapur): casi 100 % automatizado (check-in, embarque, inmigración). Incheon (Corea del Sur): robots guía, control biométrico integral. Heathrow (Londres): embarque facial, control aduanero automatizado. Madrid-Barajas: ya usa E-Gates, escáneres automáticos y biometría en pruebas (Aena avanza en el proyecto «Aeropuerto 4.0»).
En este sentido, el próximo sistema EES que será implantado en todos los aeropuertos del espacio Schengen a partir de Octubre de este año 2025, sin duda ayudará a agilizar todo el proceso de cruce de fronteras a los viajeros que lleguen a cualquiera de los estados miembro del tratado Schengen.
La historia de Washington DC
21jun.25 Washington, D.C, es la capital de Estados Unidos, y fue establecida como tal en 1790 cuando se aprobó la Ley de Residencia que establecía la creación de una capital federal permanente, y fue un compromiso político entre Alexander Hamilton y Thomas Jefferson.
La ubicación fue elegida por George Washington, en una zona entre los ríos Potomac y Anacostia, cedida por los estados de Maryland y Virginia. En 1791 el ingeniero francés Pierre Charles L’Enfant fue encargado de diseñar la ciudad. Su plan incluyó amplias avenidas y plazas abiertas, inspirado en las grandes capitales europeas, y en 1800 el gobierno federal se trasladó oficialmente a Washington, D.C.
Durante el siglo XIX fue protagonista de varios eventos: en la guerra de 1812 las tropas británicas incendiaron varios edificios públicos entre ellos el Capitolio y la Casa Blanca. Durante la guerra civil 1861-1865 DC fue un centro estratégico del norte (la Unión) y su población experimentó un auge.
En el siglo XX, a principios se implementó el Plan McMillan que reafirmó y amplió el diseño original de L’Enfant, embelleciendo parques y monumentos. Durante el Movimiento por los Derechos Civiles (1950s–1960s), Washington fue escenario de importantes manifestaciones, como la Marcha sobre Washington en 1963, donde Martin Luther King Jr. pronunció su famoso discurso “I Have a Dream”.
Se fortalecieron los movimientos por mayor autonomía local. En 1973, el Congreso aprobó el Home Rule Act, permitiendo al distrito elegir su propio alcalde y consejo municipal.
Hoy en día, siglo XXI DC Sigue siendo un distrito federal, no un estado. Esto ha generado un debate constante sobre los derechos de representación de sus ciudadanos, que pagan impuestos federales pero no tienen voto pleno en el Congreso (“Taxation without representation”).
La ciudad alberga los tres poderes del gobierno federal: el Ejecutivo (Casa Blanca), el Legislativo (Capitolio) y el Judicial (Corte Suprema) y es un centro turístico e histórico, con monumentos como el Lincoln Memorial, el National Mall, y los museos del Smithsonian.
Rumanía suspendida del VWP
6Jun.25 El Departamento de Homeland Security (DHS) ha anunciado el día 2 de Mayo de 2025 la suspensión de la inclusión de Rumanía en el Programa Visa Waiver (VWP exención de visado).
A pesar de las inquietudes sobre la seguridad de este país, la administración de Biden nombró a Rumanía como parte del VWP el 9 de enero de 2025. El 25 de marzo de 2025, el DHS detuvo la implementación del VWP para revisar la inclusión de Rumanía. Esa evaluación ha terminado y, dado el enfoque de esta administración en la seguridad en las fronteras y temas de inmigración, el DHS ha decidido que la inclusión de Rumanía debe ser anulada para proteger el VWP y asegurar la seguridad en las fronteras y de inmigración. En el futuro, Rumanía podrá ser reevaluada para el VWP si cumple con los criterios necesarios.
«Mantener los altos requisitos del Programa de Exención de Visado es fundamental para nuestra seguridad nacional. Considerando la atención que esta administración brinda a la seguridad fronteriza y de inmigración, el Secretario de Seguridad Nacional, en consulta con el Secretario de Estado, ha tomado la decisión de revocar la inclusión de Rumanía en el VWP de forma inmediata», indicó la Subsecretaria Tricia McLaughlin. «Agradecemos a Rumanía su colaboración constante a lo largo de los años para mejorar la cooperación en seguridad. Rumanía podrá ser reconsiderada para unirse al VWP en el futuro».
De esta manera, los ciudadanos rumanos tendrán que volver a solicitar su visado para entrar en EEUU, en la embajada americana de su país localizada en la siguiente dirección:
solicitud esta oficial
19may.25 Solicitud esta oficial, ¿Cuál es la solicitud esta oficial?, existen muchas webs y mucha oferta en internet al respecto y puede ser bastante confuso decidir a cual acceder para hacerlo bien y no tener problemas a la hora de viajar. La solicitud esta oficial es bastante larga y contiene muchas preguntas personales y de tu entorno, así como bastantes preguntas de seguridad.
Las preguntas de seguridad son de tipo si/no, y si en alguna contestas que si, se abrirá un campo para dar una explicación más detallada. Pero ten en cuenta que la contestación SI a cualquiera de ellas tendrá como resultado un ESTA denegado. Y en el caso de una solicitud esta oficial denegada , primero el sistema carga en tu cuenta sólo 4$ (en vez de 21$) y segundo, tendrás que gestionar la solicitud de un visado para poder viajar a eeuu., en lo que también ESTA express puede ayudarte.
En ESTA express disponemos de un formulario donde se pueden introducir todos los datos necesarios tal y como se requieren en la solicitud esta oficial. Todos los datos serán volcados en la solicitud esta oficial según se hayan introducido por lo que es muy importante que no haber cometido ningún error al rellenarlo. La solicitud esta oficial será tramitada lo más rápidamente posible y en cuestión de minutos, y en cuando esté autorizada nos encargamos de hacerle llegar un pdf con toda la solicitud esta oficial completa y aprobada.
El departamento desde el que se gestiona la solicitud esta oficial está en Washington, dentro de la organización denominada CBP, Customs and Border Protection. Y a su vez este departamento pertenece al ministerio DHS Department of Homeland Security. CBP está desplegada en todos los aeropuertos con frontera de entrada, y son sus agentes los encargados de controlar el ingreso en el país. Los agentes de fronteras CBP estarán después de haber llegado y recogido las maletas ya en la terminal.
Existe un coste asociado a la solicitud esta oficial de 21$, en el caso de ser aprobada. Si la solicitud esta oficial resulta como denegada o «viaje no autorizado» el coste será de 4$ que es lo que finalmente se cargará en tu cuenta, después de la retención. ESTA express te ayuda en este trámite con la garantía de tener una solicitud esta oficial correctamente presentada y sin errores que no crea problemas en el aeropuerto.
Contacto de emergencia
30Abr.25 El formulario ESTA está dividido en varias partes en las que se tiene que facilitar información muy relevante, sobre todo y la más importante, la del pasaporte. Pero hay otras como el lugar de alojamiento o de contacto principal que también es importante. En otro artículo ya cubrimos el supuesto de no tener aún toda la información necesaria para completar el campo del alojamiento y damos solución a ese problema.
La siguiente parte del formulario ESTA, a continuación de nuestro punto de contacto o alojamiento, es el contacto de emergencia. Un error muy común es facilitar el contacto justo de la persona con la que viajamos. Esto es un error, ya que en caso de problemas en la frontera o en EEUU, esa persona ya está contigo y obviamente ya estaría ayudando con el posible problema.
Siempre ha de darse un contacto de una persona que no esté viajando con nosotros. Puede ser tanto alguien del país originario, como una hermana, prima o alguien de confianza, o de la persona en destino a la que vayamos a visitar si es que nos vamos a ver con alguien que ya vive en los Estados Unidos y tiene residencia permanente.
Esta es la manera correcta de cumplimentar el campo de «contacto de emergencia»
No tengo mi hotel reservado aún.. ¿Qué dirección en Estados Unidos pongo en mi ESTA?
12Abril.25 Tenemos que tener nuestro formulario ESTA aprobado antes de contratar nada de nuestro viaje, eso es seguro, y es que el formulario ESTA tiene bastantes apartados que responder y puede llegar a ser tedioso tener que leer y responder a tanta pregunta, y a pesar de todo es más breve que rellenar la solicitud DS-160 para conseguir un visado en la embajada, para la cual, se puede llegar a tardar unas dos horas en cumplimentarlo correctamente.
Y el caso es que llegamos a la pregunta del ESTA sobre nuestra estancia y claro, todavía no hemos reservado nada ni sabemos donde nos vamos a alojar.. entonces.. qué ponemos? Esta es una pregunta que no pocas personas se hacen y quedan paralizadas ante esta duda, y muchas veces el formulario se queda sin terminar debido a esta razón. Luego cuando ya tienen el hotel contratado, vuelven a su ESTA pero ya es demasiado cerca de la fecha de salida, con la consiguiente preocupación de estar demasiado cerca del vuelo sin tener el ESTA aprobado.
Por lo tanto.. qué debemos hacer para tener nuestro ESTA aprobado con suficiente tiempo sin tener todos los datos de la estancia para poder cumplimentar todos los campos que nos solicitan. Pues bien, la realidad es que el dato del alojamiento es estrictamente informativo y no vinculante, lo cual significa que no necesariamente va a ser el mismo hotel que ponemos en el ESTA al que realmente vayamos a ir, ya que dentro de la validez de ESTA (2 años) podemos entrar y salir del país hasta 4 veces y en cada vez podemos alojarnos en lugares distintos, por lo que este dato es solo aproximativo y probablemente únicamente vinculado a nuestro primer viaje con ese ESTA recién solicitado.
En este campo tendremos que poner la idea más aproximada y realista que tengamos de nuestro viaje. Si es hotel pondremos un hotel estimativo de la zona donde vayamos a ir, o si estamos pensando en visitar a alguien pero no es seguro, podremos poner a esa persona y la dirección de su domicilio. Es absolutamente correcto aunque no estemos seguros de que vayamos a quedarnos en ese sitio.
No hay ningún problema si finalmente tomamos otra decisión incluso si implica la estancia en otro estado dentro de los Estados Unidos, ya que no hay ninguna obligación de alojarnos sólo y únicamente en el sitio que hemos indicado en el ESTA.
No problem.
